martes, 17 de noviembre de 2020
viernes, 9 de octubre de 2020
viernes, 2 de octubre de 2020
jueves, 24 de septiembre de 2020
miércoles, 16 de septiembre de 2020
viernes, 4 de septiembre de 2020
lunes, 24 de agosto de 2020
viernes, 21 de agosto de 2020
jueves, 13 de agosto de 2020
martes, 4 de agosto de 2020
viernes, 31 de julio de 2020
miércoles, 29 de julio de 2020
lunes, 27 de julio de 2020
jueves, 23 de julio de 2020
El Decreto 2345 de 2.019 del ministerio de hacienda y crédito público, nos indica las personas naturales no obligadas a declarar por el año gravable 2.019 y deben cumplir la totalidad de los siguientes requisitos: 1. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2019 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($154.215.000). 2. Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000). 3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000). 4. Que el valor total de compras y consumos no supere las mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000). 5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000). b) Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto sobre las ventas FUENTE DECRETO de DAPRE-PESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
miércoles, 22 de julio de 2020
Desde el próximo 11 de agosto se inicia la presentación y pago de las declaraciones de renta para personas naturales y su declaración de activos en el exterior. Decreto 2345 de 23 de diciembre de 2.019 en su artículo 1.6.1.13.2.26 expedido por el ministerio de hacienda y crédito público. decreto tomado de DAPRE-PESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%202345%20%20DEL%2023%20DICIEMBRE%20DE%202019.pdf
martes, 21 de julio de 2020
viernes, 17 de julio de 2020
Mediante el Decreto 1010 de 2020 el Ministerio de hacienda y crédito Público reglamentó el impuesto de normalización tributaria que se vence el próximo 25 de septiembre de 2.020. Es una oportunidad que trajo la ley 2010 de 2019 en su artículo 54, para normalizar Activos Omitidos y/o pasivos inexistentes. Decreto tomado de DAPRE-PESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201010%20DEL%2014%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf
Mediante el Decreto 1010 de 2020 el Ministerio de hacienda y crédito Público reglamentó el impuesto de normalización tributaria que se vence el próximo 25 de septiembre de 2.020. Es una oportunidad que trajo la ley 2010 de 2019 en su artículo 54, para normalizar Activos Omitidos y/o pasivos inexistentes. Decreto tomado de DAPRE-PESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201010%20DEL%2014%20DE%20JULIO%20DE%202020.pdf
jueves, 16 de julio de 2020
martes, 14 de julio de 2020
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