Ajustes están en tres
aspectos principales: personas naturales obligadas a reportar, armonización con
la Ley 1819 de 2016 y plazos para la presentación de la información.
DIAN realizó cambios en
la información exógena para el año gravable 2017
Ajustes están en tres
aspectos principales: personas naturales obligadas a reportar, armonización con
la Ley 1819 de 2016 y plazos para la presentación de la información.
La Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales –DIAN– expidió la resolución N°000016 del 22 de marzo de 2018,
mediante la cual realizó algunos cambios en los obligados y plazos en el
reporte de la información exógena tributaria por el año gravable 2017.
De acuerdo con la administración
tributaria, el primero de los cambios introducidos por este acto administrativo
corresponde al grupo de obligados a reportar información exógena personas
naturales y asimiladas, pues acota el conjunto de obligados considerando las
rentas cedulares es.
En este sentido, para el año gravable
2017, las personas naturales que deberán reportar serán aquellas que, en el año
gravable 2015, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones
de pesos ($500.000.000) y que en el año gravable 2017 la suma de los ingresos
brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los cien
millones de pesos ($100.000.000).
El segundo cambio es una armonización
con lo previsto en la Reforma Tributaria de 2016 –Ley 1819–, lo que lleva a un
ajuste de las tablas de los conceptos de los formatos 1011, 1004 y 2275.
Estos formatos recogen información de
los ingresos no constitutivos de renta, ni de ganancia ocasional, rentas
exentas, costos y deducciones, descuentos tributarios, así como las
exclusiones, exenciones y tarifas especiales en IVA.
La tercera modificación está en los
plazos para suministrar la información, los cuales quedaron así:
GRANDES CONTRIBUYENTES
ÚLTIMO
DÍGITO
|
FECHA
|
0
|
24 de
abril de 2018
|
9
|
25 de
abril de 2018
|
8
|
26 de
abril de 2018
|
7
|
27 de
abril de 2018
|
6
|
30 de
abril de 2018
|
5
|
02 de mayo
de 2018
|
4
|
03 de mayo
de 2018
|
3
|
04 de mayo
de 2018
|
2
|
07 de mayo
de 2018
|
1
|
08 de mayo
de 2018
|
|
PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES
ÚLTIMOS
DÍGITOS
|
FECHA
|
96 a 00
|
09 de mayo
de 2018
|
91 a 95
|
10 de mayo
de 2018
|
86 a 90
|
11 de mayo
de 2018
|
81 a 85
|
15 de mayo
de 2018
|
76 a 80
|
16 de mayo
de 2018
|
71 a 75
|
17 de mayo
de 2018
|
66 a 70
|
18 de mayo
de 2018
|
61 a 65
|
21 de mayo
de 2018
|
56 a 60
|
22 de mayo
de 2018
|
51 a 55
|
23 de mayo
de 2018
|
46 a 50
|
24 de mayo
de 2018
|
41 a 45
|
25 de mayo
de 2018
|
36 a 40
|
28 de mayo
de 2018
|
31 a 35
|
29 de mayo
de 2018
|
26 a 30
|
30 de mayo
de 2018
|
21 a 25
|
31 de mayo
de 2018
|
16 a 20
|
01 de
junio de 2018
|
11 a 15
|
5 de junio
de 2018
|
06 a 10
|
6 de junio
de 2018
|
01 a 05
|
7 de junio
de 2018
|
|
Este cambio busca que los obligados
cumplan con el deber formal de reportar esta información dentro de los plazos
previstos por la DIAN.
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